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No, los servicios que garantiza el centro únicamente se pueden ofrecer y proporcionar en cumplimiento a la solicitud de una autoridad jurisdiccional.
El centro obedece a un horario particular, el cual está determinado de las 10:00 a las 13:00 horas, y de 14:00 a las 18:00 horas. considerando de las 13:01 a las 13:59 horas será destinado para horario de alimentos del personal de los centros; sin embargo, el horario de cada convivencia será designado únicamente por el órgano jurisdiccional.
Depende de las necesidades y particularidades de cada caso, el órgano jurisdiccional, determinará los días y horas de las convivencias y entrega-recepciones, el período de duración de las mismas o el periodo de conclusión.
Todos los servicios que proporciona el Centro de Convivencia Familiar, se inician a solicitud de la autoridad jurisdiccional, por lo que debe existir un juicio previamente tramitado en un juzgado. Será el Juez quien solicite los servicios que se proporcionan por parte del Centro.
Lo pueden solicitar también las y los familiares de los niños, niñas y adolescentes.
Todos los trámites, atenciones y demás servicios que brinda el centro, son totalmente gratuitos.
No, los Centros sólo recibirá oficios de los órganos jurisdiccionales y de las autoridades competentes, por lo que toda solicitud, de las usuarias o usuarios, requiriendo videograbaciones, así como copias simples o certificadas de cualquier tipo de documento que obre en los archivos de los Centros, deberán ser requeridas a través del órgano jurisdiccional competente.
Por respeto a la integridad de los niños, niñas y adolescentes, las convivencias deberán de concluir cuando estos ya no deseen continuar con la misma, por lo que tal situación deberá de establecerse en el reporte que llenarán los integrantes del centro.
Únicamente 15 minutos, después de eso, se levantará inmediatamente un acta de hechos, donde se hará constar tal situación, debiendo comunicar lo sucedidoal órgano jurisdiccional, a más tardar al siguiente día hábil, a fin de que determine lo conducente.
Las Convivencias no podrán programarse por más de dos horas en el mismo día, ni más de dos días en la misma semana.