Marco Normativo y Políticas Públicas Aplicables

Normas, leyes y políticas que regulan las actividades de CECOFAM

Los Centros Estatales de Convivencia Familiar Supervisada son órganos del Poder Judicial del Estado, que facilita la convivencia entre padres, madres, hijas e hijos principalmente; así como de cualquier integrante de familia que solicite convivencias, a través de un ambiente sano y seguro, siempre que tales convivencias sean ordenadas por la autoridad jurisdiccional.

Dichos Centros, ofrece servicios de convivencias presenciales y virtuales, para que los niños, niñas y adolescentes puedan relacionarse con sus padres o familiares, sin importar el medio de conexión, esto es físico o a través de un dispositivo digital.

La normatividad esencial aplicable será el Reglamento Interno del CECOFAMS, pues dicho ordenamiento regula las actuaciones de los intervinientes tanto del Centro como del núcleo familiar.

Sin embargo, al tratarse de convivencias en las que se verán involucrados niños, niñas y adolescentes, deberá atenderse el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes, así como velar de sus derechos de conformidad con Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y jurisprudencia aplicable.

De las reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, realizadas durante los años 2023 y 2024 cobra mayor relevancia la protección del interés superior de las niñas, niños y adolescentes, principio de rango constitucional previsto en el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; demandando que, en toda situación donde se vean involucradas niñas, niños y adolescentes se proteja y privilegien sus derechos.

La Ley General en cita, en su numeral 3 determina: “La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán en el cumplimiento del objeto de esta Ley, para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar posible privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales. Las políticas públicas deberán contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural, ambiental y cívica de niñas, niños y adolescentes.”

La participación del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala en el diseño y seguimiento en políticas públicas, en materia de niñas, niños y adolescentes recientemente se ha hecho notorio y de vital importancia, esto atendiendo a las circunstancias sociales que demandan acciones, tareas, actividades de carácter preventivo en materia de respeto a los derechos humanos. Dentro de los ejes rectores, del Plan de Estratégico del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala 2024 - 2026, se encuentra el fortalecimiento al estado de derecho, el cual de entre otras acepciones refiere al respeto y observancia irrestricta a las normas jurídicas formalmente emitidas.

Por lo anterior, las leyes aplicables son las siguientes:

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Reglamento De Los Centros De Convivencia Familiar Supervisada Del Poder Judicial Del Estado De Tlaxcala

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Ley General De Los Derechos De Niños, Niñas Y Adolescentes

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Protocolo De Actuación Para Quienes Imparten Justicia En Casos Que Involucren Niñas, Niños Y Adolescentes, Emitido Por La Suprema Corte De Justicia De La Nación